A- de 2010
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Gonzalo Rodriguez Martinez Vs Banco Bbva
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración Auto 124/09
- Competencia de juzgado penal municipal de depuración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Competencia: El proceso le correspondió por reparto al Juzgado Veintitrés Penal Municipal de Depuración de Bucaramanga, el cual no avocó el conocimiento de la acción y propuso el conflicto, por considerar que los competentes para decidirla eran los Jueces Municipal de Bogotá, en razón que la vulneración del derecho fundamental aludido se había presentado en la Capital de la República por ser la sede principal de la entidad demandada.
Efectuado nuevamente el reparto, el Juzgado Cincuenta y Siete Penal Municipal de Bogotá aceptó el conflicto propuesto, bajo el argumento de que el domicilio de la demandada no determina la competencia territorial, sino el lugar donde se presenta la vulneración o surte efectos la misma.
La Corte, luego de estudiar las normas que determinan la competencia en materia de tutela dirime el conflicto y ordena remitir el expediente al Juzgado Veintitrés Penal Municipal de Depuración de Bucaramanga, para que tramite y profiera decisión de fondo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. DECIDIR el conflicto de competencia presentado entre el Juzgado Veintitres Penal Municipal de Depuracion de Bucaramanga y el Juzgado Cincuenta y siete Penal Municipal de Bogota.
- SEGUNDO. Como consecuencia de lo anterior, REMITIR el expediente contentivo de la accion de tutela instaurada por Gonzalo Rodriguez Martinez contra el Banco BBVA, al Juzgado Veintitres Penal Municipal de Depuracion de Bucaramanga para que sin mas demoras, tramite y profiera decision de fondo respecto del amparo solicitado.
- TERCERO. Por Secretaria General COMUNICAR al Juzgado Cincuenta y siete Penal Municipal de Bogota, la decision adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aqui resuelto por la Corte Constitucional.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.